|
Gaceta Oficial No. 019 Extraordinaria de 26 de abril
de 2007
POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 22, de fecha 16 de
abril de 1979, que puso en vigor el Arancel de
Aduanas de la República de Cuba para las
importaciones sin carácter comercial, en su
Disposición Final Primera, faculta a la que resuelve
para establecer la lista de productos cuya
importación sin carácter comercial se prohíbe, oído
el parecer de los organismos interesados; y que
dicha lista podrá ser variada en las oportunidades
que se estimen pertinentes.
POR CUANTO: La Resolución No. 322, de fecha 11 de
julio de 2002, dictada por el Ministro de Finanzas y
Precios, prohíbe la importación sin carácter
comercial, por viajeros y mediante envíos, de
equipos de vídeo de cualquier tipo, marca y modelo,
incluyendo los que se fabrican y venden en el
mercado incorporados a otros equipos.
POR CUANTO: Resulta conveniente eliminar la
prohibición mencionada en el Por Cuanto anterior, a
los fines de que se responda a la política actual
establecida para las importaciones que sin carácter
comercial se realizan por viajeros y mediante
envíos, teniendo en cuenta el desarrollo tecnológico
actual de los equipos reproductores de imágenes, así
como el uso extendido de éstos incorporados a otros
equipos.
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado,
adoptado el 20 de junio de 2003, quien resuelve fue
designada Ministra de Finanzas y Precios.
POR TANTO: En el uso de las facultades que me están
conferidas,
Resuelvo:
PRIMERO: Derogar la Resolución No. 322, de fecha 11
de julio de 2002, emitida por el Ministro de
Finanzas y Precios.
SEGUNDO: La presente Resolución entra en vigor a
partir del primero de mayo de 2007.
NOTIFIQUESE a la Aduana General de la República.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República de
Cuba y archívese el original en la Dirección
Jurídica de este Ministerio.
Dada en la ciudad de La Habana, a los 25 días del
mes de abril de 2007.
Georgina Barreiro Fajardo
Ministra de Finanzas y Precios
|