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El
juicio comenzó en el otoño del 2000 y terminó siete meses
después, en junio del 2001. Comparecieron más de 70 testigos.
Este juicio fue el juicio más largo en Estados Unidos en los
momentos en que tuvo lugar. Se necesitaron 119 volúmenes de
transcripciones, cajas de documentos de prueba, y 15
volúmenes solo de narraciones de hechos previos al juicio.
Es un registro enorme y exhaustivo. Un registro que no se
conoce fuera de Miami y que seguramente no se conoce en
Miami tampoco.
Los
Cinco fueron condenados en diciembre del 2001. El principal
acusado, Gerardo Hernández, fue condenado a dos cadenas
perpetuas - si es que eso es posible. Otros dos, Antonio
Guerrero y Ramón Labañino recibieron cadenas perpetuas
también. Fernando González y René González fueron condenados
a 19 y 15 años, respectivamente. Esas eran todas las máximas
sentencias en todos los casos.
Se
presentaron 26 cargos por separado contra los Cinco.
Veinticuatro de ellos son cargos relativamente menores y más
bien técnicos. Pero dos eran graves pues cada uno de ellos
implicaba la cadena perpetua. Uno de los otros 24 era el no
registrarse como agentes extranjeros ante la Fiscalía
General de los Estados Unidos. Los acusados estuvieron de
acuerdo con este cargo. Sin embargo, ellos trataron de
explicar - y no se les permitió - que bajo una doctrina de
las leyes estadounidenses conocida como la Defensa de
Necesidad ellos debían ser perdonados por no haber cumplido
con ese tecnicismo de registrarse como agentes extranjeros
puesto que su misión implicaba la protección de vidas
humanas, evitar daños a propiedades y prevenir actos
terroristas. Según las leyes de Estados Unidos, usted puede
técnicamente violar una regulación establecida por la ley si
lo está haciendo para evitar un daño mayor.
Esto
no es algo académico.
En
el caso de los Cinco, la defensa trató de presentar este
argumento como una respuesta a la violación técnica de no
registrarse, pero la jueza no permitió su uso aquí en Miami.
Otro
de los cargos era el uso de falsa identidad que, nuevamente,
los acusados no objetaron. Esos cargos implican penas
máximas de cinco años, o sea que ellos deberían ya haber
sido puestos en libertad.
Vamos a referirnos a los dos cargos principales.
El
cargo del que más se ha hablado es el cargo relacionado con
el "espionaje". En primer lugar hay que decir que en este
caso no existe una acusación de espionaje. El gobierno de
Estados Unidos no presentó cargos de espionaje contra ellos.
Lo que el gobierno hizo en este caso es lo mismo que ha
hecho usualmente cuando un juicio es político y no tiene
evidencia de que se haya cometido un delito. Tiene a
personas con antecedentes políticos que podrían llevar al
jurado a que emita un veredicto de culpable incluso sin
evidencias, creando argumentos y usando la teoría que la ley
conoce como Conspiración.
¿Y
qué es una Conspiración? Una conspiración es un acuerdo para
cometer un delito. El gobierno no tiene que probar que se
cometió un delito, sino solamente que existía un acuerdo
para hacerlo - el acuerdo es el delito. O sea, en este caso
- y así consta en las actas - el gobierno alega una y otra
vez que nadie está acusado de espionaje ni por espiar. Pero
ellos no le dijeron esto a la prensa fuera de la corte. A
ellos se les acusó de estar de acuerdo con hacerlo en un
momento no especificado en el futuro. Que en algún momento
estos cinco hombres cometerían espionaje.
Cuando el fiscal del gobierno comenzó a hablarle al jurado,
¿qué fue lo primero que les dijo? Dijo: "Arrestamos a estos
cinco hombres e incautamos 20,000 páginas de documentos de
sus computadoras, pero, señoras y señores del jurado, de
esas 20,000 páginas no podemos presentarles una página de
información clasificada". Eso está en las actas. Ni una sola
página. Antonio, Gerardo y Ramón están cumpliendo cadenas
perpetuas - la misma sentencia que recibió Aldridge Ames por
vender miles de documentos clasificados a los rusos, y que
Robert Hanssen, el supervisor del FBI que traicionó a su
país al darle a los rusos miles de páginas de documentos
clasificados, un hecho que costó la vida de muchas personas.
Tres de los cinco cubanos están cumpliendo las mismas
sentencias que esos dos caballeros sin que exista una solo
página de información clasificada.
Así,
es importante que no olvidemos lo que existe y lo que no
existe en este caso en términos legales.
El
gobierno presentó en el juicio a uno de los principales
oficiales de inteligencia en Estados Unidos - un general que
era director de la Agencia de Inteligencia para la Defensa,
la principal agencia de inteligencia en el gobierno. Paul
McKenna, uno de los abogados de la defensa, le preguntó al
General si había leído algunas de esas 20,000 páginas y
respondió que sí. Entonces Paul le preguntó cuántas de ellas
estaban relacionadas con información de defensa nacional y
la respuesta del General, que está recogida en las actas,
fue "Ninguna que yo recuerde".
Entonces, ¿en qué se basó el gobierno? Pues en que Antonio
Guerrero, trabajaba en la Base Naval estadounidense de Boca
Chica. Trabajaba en un puesto de baja capacidad, pero era un
agente del gobierno de Cuba que tenía una misión y que
informaba a su país. Todo esto fue admitido. Pero la misión
que él tenía y lo que informaba a Cuba no era información de
defensa nacional sino información pública disponible para
cualquiera que quisiera tomarla y enviarla a cualquier parte,
y por lo tanto no era un fundamento para presentar cargos de
espionaje.
Lo
que Antonio envió a Cuba fueron referencias de aviones
despegando y aterrizando - toda información disponible al
público. El gobierno señaló eso como algo inapropiado y una
violación de las leyes de espionaje. Al jurado en Miami se
le dijo que un agente cubano que trabajaba en una base
estadounidense estaba enviando información a Cuba sobre
aviones despegando y aterrizando - todo esto completamente
legal. A Antonio Guerrero se le dijo que no violara ninguna
de las medidas de seguridad de la base y, de hecho, así lo
hizo. ¿Cómo sabemos que no lo hizo? Pues porque el gobierno
sabía de él dos años antes de arrestarlo. Ellos los estaban
vigilando y sabían que Antonio nunca solicitó una
autorización de seguridad ni nunca estuvo en un área de
seguridad sin permiso ni nunca violó las regulaciones de la
base. Ellos se sentían tan confiados con el hecho que
Antonio no hacía nada ilegal que cuando la jefa de la base
fue llamada a testificar, ella dijo que el FBI nunca le
informó que sabían todo eso acerca de Antonio Guerrero.
Nunca se lo dijeron a ella. ¿Y por qué nunca se lo dijeron?
Pues porque él no estaba haciendo nada inapropiado.
Sin
embargo, el jurado lo condenó por sus propios prejuicios y
predisposición. ¿Quiénes formaron parte del jurado en este
caso?
Los
abogados han estado largo tiempo tratando de establecer por
qué los Cinco no recibieron un juicio justo de un jurado
justo. Expertos han recopilado artículos de periódicos.
Existe tanta documentación como nadie ha recopilado jamás
acerca de por qué este caso no debió haber sido juzgado en
Miami. Pero lo fue. Terminaron con un jurado que era muy
poco común. El presidente del jurado que juzgó a estos cinco
agentes dijo que estaba en contra de la dictadura de Fidel
Castro y que anhelaba el día en que este fuera derrocado. El
segundo miembro del jurado - un banquero retirado de
Illinois - dijo que su hijo había sido infante de la Marina
durante 21 años y que su hija había estado por 15 años con
el FBI y aun lo está. El tercer miembro del jurado
trabajaba para el Fiscal General del estado de la Florida en
la división penal.Y así por el estilo hasta llegar a los
doce miembros. Ese fue el jurado que tuvieron en el Distrito
Sur de la Florida.
El
jurado no necesitó mucho tiempo. De hecho, cuando acabó el
juicio, el jurado luego de escuchar a más de 70 testigos
sólo se tomó un día para decidir sobre la acusación de
espionaje que culminó con la imposición de sentencias a
cadenas perpetuas. Ellos no hicieron siquiera una pregunta,
no releyeron ninguno de los testimonios, ni examinaron
evidencia alguna. Simplemente decidieron un juicio que duró
siete meses en tan sólo un día.
Eso
fue lo que ocurrió con el tema del espionaje. ¿Qué hay en
cuanto a la sentencia a cadena perpetua dictada contra
Gerardo Hernández por otra supuesta conspiración? Los cargos
más serios presentados en su contra eran ambos
conspiraciones ¿Qué otro cargo fue ese que le valió la
segunda cadena perpetua?
Se
trataba de conspiración para cometer asesinato. En este caso,
de nuevo, la evidencia era tan pobre que al final del juicio
la fiscalía acudió a la corte de apelaciones con un escrito
de emergencia y dijo: ‘Si la jueza instruye al jurado como
dijo que lo hará nosotros no tenemos caso contra Gerardo
Hernández, porque no tenemos ninguna evidencia de que se
tratara de una conspiración para derribar las dos avionetas
en aguas internacionales’.
Ése
es literalmente el significado del auto de acusación que la
jueza le instruyó al jurado leer. Y aunque ella sí los mandó
a leer la parte donde decía que si el gobierno reconocía no
tener evidencia alguna de la participación del acusado en el
derribo de las dos avionetas en aguas internacionales no
habría caso, al jurado le tomó sólo un día analizar este
cargo para luego sentenciar a Gerardo Hernández a una
segunda cadena perpetua.
Este
constituye uno de los capítulos más fascinantes e
ilustrativos sobre la historia de las relaciones entre dos
países. ¿Cómo fue que se introdujo este informe en el juicio?
La defensa trajo a testificar al Almirante Carroll, un
militar estadounidense retirado y trajeron al general
estadounidense retirado Atkeson. Trajeron a Richard Nuccio,
consejero del Presidente Clinton, cuya oficina radicaba en
la Casa Blanca y que dijo lo siguiente bajo juramento
durante el juicio: "Yo formulé la política hacia Cuba" para
el presidente de los Estados Unidos. Testigos como estos
comparecieron durante el juicio, así como funcionarios de la
Agencia Federal de Aviación y otros del Departamento de
Estado. Se elaboró un informe completo sobre lo ocurrido a
las dos avionetas y el por qué fueron derribadas.
Brevemente, la historia comienza con el cambio en 1995,
cuando Estados Unidos y Cuba lograron un acuerdo histórico
para intentar regular, controlar y humanizar la política
migratoria. ¿Y qué ocurrió con ese acuerdo?
La
organización Hermanos al Rescate, que por muchos años ganó
grandes sumas y contribuciones ayudando a los balseros, se
vio de pronto enfrentada a una situación en que tenían que
avisar al Servicio de Guardacostas de Estados Unidos de
cualquier balsero que avistaran para que éste fuera luego
devuelto a Cuba. De repente, Hermanos al Rescate sintió que
tenía que cambiar de actividad. ¿Y qué fue lo que empezaron
a hacer? Hermanos al Rescate comenzó a desarrollar acciones
terroristas contra Cuba. En los 20 meses que precedieron al
derribo de las avionetas - y así consta en el informe - se
produjeron 25 vuelos sobre territorio cubano de Hermanos al
Rescate sin que el gobierno de la isla tomara medida alguna
contra ellos. Ningún país toleraría esto; menos aún uno que,
como Cuba, había sufrido una larga historia de agresiones
provenientes de Estados Unidos.
¿Qué
hizo Cuba con esos 25 vuelos sobre su territorio a lo largo
de 20 meses? Cuba presentó una queja diplomática formal por
cada una de las violaciones de su espacio aéreo, como quedó
recogido en el juicio. ¿Y qué hizo Estados Unidos? Estados
Unidos no hizo nada al respecto.
Los
vuelos dentro el espacio aéreo cubano se incrementaron hasta
que en enero de 1996, Cuba invitó al Almirante Carroll de la
Marina de Estados Unidos a visitar la isla. Durante su
estancia en Cuba, el Almirante Carroll se entrevistó con el
jefe de la fuerza aérea cubana que le dijo: ‘Almirante
Carroll, nosotros no vamos a tolerar más estas acciones. No
podemos. Tenemos información (suministrada por los Cinco -
aunque por supuesto no dijo eso) de que hay planes
inmediatos de artillar esos aviones que sobrevuelan nuestro
territorio con bombas y explosivos y nosotros tenemos que
defendernos’.
Le
dijo al Almirante Carroll que cuando regresara a Estados
Unidos debía reunirse con el Departamento de Estado y el
Pentágono para que pusieran fin a estos vuelos ilegales
sobre territorio cubano. El Almirante Carroll dijo esto
durante el juicio - y así consta en acta. Él regresó a
Washington y se reunió con funcionarios en el Pentágono y el
Departamento de Estado y les dijo que Cuba hablaba en serio:
‘Ellos están amenazados y preocupados y no van a tolerar
esto por más tiempo’. El Pentágono y el Departamento de
Estado no hicieron nada.
Richard Nuccio testificó que, efectivamente, él estaba al
tanto de lo que estaba ocurriendo y que estaba muy
preocupado al respecto, que incluso hizo a sus subordinados
redactar y enviar memorándums, lo cuál consta también en el
acta del juicio.
¿Qué
decían esos memorándums? Decían lo siguiente - éstos son
memorándums oficiales del Departamento de Estado: ‘ Cuba
está perdiendo la paciencia’. Uno de los memorándums
concluía, como sólo puede hacerlo un memorándum del
Departamento de Estado: ‘we better have all our ducks in a
row (Mejor tenemos todo preparado) porque lo que va a
ocurrir es que Cuba se va a defender y alguien va a ser
derribado y nosotros debemos tener clara nuestra posición’.
Y
Richard Nuccio testificó que en enero de 1996 vio a José
Basulto --líder de Hermanos al Rescate-- en la televisión
estadounidense, presumiendo de sus incursiones en el espacio
aéreo cubano y burlándose del gobierno cubano por no contar
con los medios defensivos para derribarlo o detenerlo, y le
decía a los cubanos de la isla: "¿Ven? Ustedes pueden
enfrentarse a este gobierno y seguir mi ejemplo - si ustedes
emprenden acciones agresivas contra Cuba, el gobierno de la
isla cederá". Nuccio dijo que al ver eso hizo una mueca de
dolor porque sabía que los cubanos en la isla también
estaban viendo esa actuación en televisión y que no lo iban
a tolerar más.
Y
así sucesivamente, el 13 de enero de 1996 se produjeron
nuevos vuelos sobre territorio cubano. Entonces llegó el 24
de febrero, todos conocíamos que ese día volverían a
penetrar en el espacio aéreo cubano. Y todos se preparaban.
Cuando Basulto y los otros se disponían a despegar para
llevar a cabo esta misión que terminó de manera tan
desastrosa, se les advirtió en el aeropuerto que sería muy
peligroso si tenían intenciones de sobrevolar el espacio
aéreo cubano. El Sr. Basulto testificó que ellos se
reunieron y discutieron esto y estaban conscientes del
peligro que corrían, pero despegaron de todas maneras.
Cuando se acercaron a Cuba, sostuvieron una comunicación por
radio con las autoridades de la aviación cubana y un
controlador de vuelo cubano les advirtió que estaban
penetrando en una zona militar restringida y que sería muy
peligroso si seguían adelante. Sin embargo, las avionetas de
Hermanos al Rescate hicieron caso omiso a las advertencias.
Ellos fueron advertidos del peligro antes de despegar de la
base en Estados Unidos y luego en Cuba por los cubanos.
¿Cree usted que Gerardo Hernández fue quien previno a los
cubanos? De eso lo acusaron como parte de esta conspiración
para cometer asesinato. No fue Gerardo Hernández. Resulta
que fue la Agencia Federal de Aviación de Estados Unidos la
que notificó a los cubanos que las avionetas iban en camino.
Gerardo Hernández no tuvo nada que ver con eso.
Las
avionetas continuaron rumbo sur. Los cubanos hicieron
despegar sus MIGs. Basulto dio la vuelta y los MIGs
derribaron las otras dos avionetas. Basulto llevaba
encendida su grabadora en la cabina del piloto para dejar
constancia de esta nueva misión "exitosa" sobre Cuba. La
cinta seguía corriendo a medida que los MIGs se acercaban y
hasta puede escucharse la risa de Basulto al tiempo que las
otras dos avionetas estaban siendo atacadas - cuatro
murieron.
Ahora bien, hay un nuevo elemento respecto al derribo. Una
corte estadounidense acusó formalmente a los pilotos cubanos
y a todos los oficiales involucrados. ¿Qué dice esta nueva
acusación? Dice que las dos avionetas fueron derribadas en
aguas internacionales. Aún así, la acusación dice que una de
las avionetas se encontraba a 16 millas de las costas
cubanas - cuatro millas más allá del límite --cuatro millas.
A la velocidad que desarrollan los MIGs, si los cubanos en
verdad derribaron las avionetas en aguas internacionales,
fue un error de segundos. Los cubanos sostienen que las
avionetas se encontraban dentro del espacio aéreo cubano,
pero la nueva acusación estadounidense dice que se
encontraban a 16 millas de las costas, es decir a cuatro
millas del límite. La segunda avioneta, según dijeron, se
encontraba a 21 millas del litoral cubano.
Esto
lo sostiene un país que está en estos momentos negociando
con otras 34 naciones para que le concedan inmunidad total a
todos los soldados estadounidenses ante cualquier delito que
puedan cometer en cualquier parte. Entonces, al tiempo que
negociamos la inmunidad internacional para nuestros
soldados, estamos también acusando a dos pilotos de, quizás,
cometer un error de sólo segundos.
Usted puede darse cuenta de cuán pobre era el caso contra
Gerardo. ¿Qué vínculo tuvo Gerardo con la conspiración? La
fiscalía tenía una evidencia en contra de Gerardo - un cable
desde Cuba en que le decían que no debía volar ese día y que
tampoco los otros debían hacerlo.
¿Qué
demuestra eso? ¿Demuestra acaso que él tenía conocimiento o
estaba al tanto de lo que ocurriría ese día, o que de alguna
manera estaba involucrado en una "conspiración para cometer
asesinato"? Está es la primera vez en la historia de Estados
Unidos que se levantan cargos por asesinato cuando dos
aviones de un país soberano derriban otro avión en defensa
de su integridad territorial. Nunca antes se había dado un
caso de asesinato en un contexto semejante. Y tampoco nunca
antes se dio un caso de asesinato basado en evidencia tan
pobre, aún cuando fuese viable. Se trata de un acto
justificado por parte de un Estado soberano en legítima
defensa de su territorio.
El
caso contra Gerardo, basado en estos dos cargos no puede
sostenerse, se desmoronará, y esperamos que el Undécimo
Circuito de la Corte de Apelaciones así lo considere.
También la apelación se refiere a otros. Estados Unidos ha
hecho uso de cualquier táctica concebible en el mundo legal
para conseguir estas condenas. Una de sus tácticas fue
clasificar como altamente secretos todos y cada uno de los
20,000 documentos ocupados a los acusados. Entonces, cada
vez que los acusados pedían que le devolvieran sus
documentos para poderse defender, el gobierno se negaba a
entregárselos, aduciendo que se trataba de información
secreta. Para hacer esto el gobierno se amparó en lo que se
conoce como CIPA, Classified Information Protection Act (Ley
para la Protección de Información Secreta).
¿Qué
es el CIPA? Estados Unidos aprendió por el caso Ames y otros
que cuando empleados del gobierno estadounidense roban
documentos clasificados, luego se defienden diciendo: ‘si
usted nos lleva ante una corte judicial haremos públicos
todos los documentos clasificados’ y entonces, no podían
enjuiciarlos. Para prevenir esto, el Congreso aprobó el
CIPA, que le impide a antiguos empleados gubernamentales
chantajear al gobierno para escapar de una corte judicial.
Esos
documentos pertenecían a los Cinco, pero sólo unos pocos
les fueron devueltos - el gobierno los devolvió
magnánimamente después de muchos meses de retraso. Entonces
el gobierno sostuvo una sesión confidencial con la jueza
para explicarle el por qué no podían entregarle el resto de
los documentos a la defensa, y la jueza estuvo de acuerdo.
Los abogados de la defensa fueron excluidos de esa reunión.
Las transcripciones de ese procedimiento fueron selladas y
aún hoy cuando nosotros solicitamos que nos permitan
consultarlas para poder argumentar la apelación, el gobierno
se rehúsa. ¿Cómo podemos preparar la defensa si no sabemos
lo que ellos le dijeron a la jueza en esa sesión
confidencial?
Ese
es otro de los argumentos ante el Undécimo Circuito de la
Corte de Apelaciones. Es un caso muy complejo, sobre temas
tan serios como la ley internacional, la soberanía, la
credibilidad y el espionaje. Profesores de derecho, decanos
y otros expertos legales han revisado los documentos y la
historia de este caso, así como también los informes de la
defensa. Todos concuerdan en que de ninguna manera se puede
perder este caso de apelación.
Lo
peor que podría pasar es que nuevamente se silencie el caso.
Se respetará la ley sólo si la corte se convence de que hay
personas siguiendo el caso. Entonces, el apoyo es esencial,
la solidaridad es esencial, el conocimiento y la información
son esenciales. Los Cinco realmente necesitan ese apoyo
porque la desinformación es terrible y el gobierno ha tenido
éxito silenciando este caso o desinformando a las personas
al respecto.
En
los últimos días se ha informado que el caso será uno de los
cuatro casos que la Corte escuchará el día 10 de marzo.
Tanto la defensa como la Fiscalía tienen 15 minutos para
presentar los argumentos orales. La defensa ha presentado
una moción solicitando un tiempo adicional debido a la
extensión del juicio y a lo vasto del registro de
documentos.
Después de escuchar los argumentos orales la corte se
reservará su decisión y el veredicto se entregará por
escrito probablemente de dos a cuatro meses después.
Los
principales aspectos que se presentan en la apelación en
resumen son: En primer lugar, se argumentará que la
evidencia en el cargo número 3 contra Gerardo Hernández fue
insuficiente legalmente para condenarlo por supuestamente
haber conspirado para cometer asesinato. En segundo lugar,
que la evidencia en el cargo número 2, el de conspiración
para cometer espionaje fue insuficiente. En tercer lugar, la
sede no debió haber sido Miami. Este será un argumento muy
poderoso pues Miami fue la peor jurisdicción donde pudo
haberse celebrado este juicio. También se alegará que las
sentencias fueron excesivas e ilegales de acuerdo con la ley
estadounidense. También se alegará que la defensa por
necesidad fue injustamente retirada del caso. Según la ley
de Estados Unidos, una persona tiene derecho, e incluso es
alentada, a violar la ley si al hacerlo reduce la
posibilidad de violencia o daño físico. En este caso, las
pruebas presentadas muestran claramente que los Cinco
trataban de reducir la violencia o el daño físico contra el
pueblo cubano causado por la red terrorista del Sur de la
Florida. Es por eso que ellos tenían el derecho de no
registrarse como agentes extranjeros; tenían el derecho de
poseer documentos que escondieran su identidad. Estas son
infracciones menores y la ley permite las infracciones
menores si se está tratando de evitar un mal mayor. Ese es
el punto en este caso; el juez no le permitió a los abogados
de la defensa alegar eso ante el jurado. Además, hay una
serie de asuntos relacionados con el juicio. El fiscal
cometió actos de conducta inapropiada, ese es un punto; la
defensa no pudo desarrollar su trabajo de forma apropiada
porque la fiscalía injustamente retuvo información alegando
que era secreta y la defensa tenía derecho a acceder a ella;
y el gobierno violó sus propias normas al entrar por la
fuerza en los apartamentos de Gerardo Hernández y otros para
secretamente "bajar" información de sus computadoras, todo
eso violando la ley estadounidense. En relación con el hecho
de que la vista se celebre en Miami, los abogados no creen
que esto perjudique la apelación. Los jueces, por supuesto,
son del Undécimo Circuito y eso significa que, aunque no se
sabe quiénes son los tres que actuarán, la mayoría de ellos
no son de Miami. Tradicionalmente, los casos que no
pertenecen a Miami y tienen apelación ante el Undécimo
Circuito en Atlanta son trasladados a Miami para la
presentación oral. Los abogados pensaron que se haría una
excepción en este caso pues se está alegando prejuicio en
esa jurisdicción. Desafortunadamente, el undécimo circuito
decidió que la audiencia tendría lugar en Miami de todas
formas lo cual indica una falta de sensibilidad por parte de
la corte ante el argumento en contra de la jurisdicción de
Miami. Otro aspecto importante en estos momentos es la
situación de los familiares. A Olga Salanueva y Adriana
Pérez, esposas de René González y Gerardo Hernández,
respectivamente, se les han negado recientemente las visas
para viajar a Estados Unidos a visitar a sus esposos en
prisión. Esta vez, el servicio de inmigración estadounidense
dijo que ellas no pueden alegar razones humanitarias para
solicitar visas porque ambas representan una amenaza para la
seguridad de los Estados Unidos. Por supuesto, no existe
ninguna prueba creíble que demuestre que Olga o Adriana o
los hijos de Olga, sean una amenaza para los Estados Unidos.
Es completamente inimaginable que ellos puedan alegar eso.
En segundo lugar, el tema de las visitas familiares a los
prisioneros federales fue tratado el pasado año por la Corte
Suprema de Justicia de los Estados Unidos y, en una decisión
extraordinaria, la Corte Suprema sostuvo claramente que si
la Constitución de los Estados Unidos protege algún interés,
ese es el de mantener la familia. En ese caso ellos
decidieron que una agencia gubernamental no podía destruir
una familia al obstruir las relaciones de un recluso con su
esposa e hijos. Creo que la Constitución de los Estados
Unidos anula cualquier estatuto, incluyendo los de
inmigración. O sea, es una violación muy clara y básica de
la Constitución estadounidense impedir que estas familias,
la de Olga y la de Adriana, se mantengan unidas. Es más,
cuando revisamos las regulaciones del Buró de Prisiones
Federales encontramos que las mismas exigen que sean
permitidas las visitas familiares por la simple razón que
ellos han comprobado que cuando un recluso es visitado
regularmente por su familia, deja de ser un problema, se
convierte en un mejor recluso, menos hostil y mejor para la
institución. O sea, que incluso es un interés para la
Prisión Federal, como está escrito en las regulaciones, que
a los reclusos no solo se les permita sino que se les
aliente a ser visitados por sus cónyuges e hijos porque así
se convierten en mejores presos. La Constitución de Estados
Unidos y las regulaciones carcelarias claramente favorecen
las visitas de Olga y Adriana. El gobierno estadounidense ya
ha recibido una carta de protesta de Amnistía Internacional
en la que se señala que el derecho internacional establece
que a todo recluso debe permitírsele ver a sus familiares.
Este es claramente un requisito humano del derecho
internacional. En fin, está claro que tanto en el plano
constitucional como internacional ellas tienen el derecho de
visitarlos, incluso según las regulaciones del Buró Federal
de Prisiones.
Miami5
10-05-2004 |