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EN 1998
FUERON DETENIDOS EN MIAMI 5 CUBANOS ACUSADOS DE
TRABAJAR PARA EL GOBIERNO DE CUBA. DESPUES DE UN
JUICIO QUE NUNCA DEBIO REALIZARSE EN ESA CIUDAD, LOS
CINCO FUERON CONDENADOS A PENAS QUE SUMAN 4 CADENAS
PERPETUAS Y 75 AÑOS DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD.
Los
abogados de la Defensa reiteradamente se han
referido a las múltiples violaciones legales
cometidas en este caso y las desmesuradas sentencias
impuestas a los Cinco cubanos.
Las
sentencias, obviamente, son irracionales y
excesivas. Pero hay algo peor. Cuando la jueza le
impuso las sentencias a los cinco compañeros - dos
cadenas perpetuas más 15 años a Gerardo, una cadena
perpetua más 18 años a Ramón; una cadena perpetua
más 10 años a Tony; 19 años de prisión a Fernando, y
15 años de prisión a René González - también accedió
a una petición que por escrito le hiciera el
gobierno de los EEUU. ¿En qué consistía esa
petición? No hablo de documentos cubanos, hablo de
documentos del gobierno de EEUU presentados
formalmente ante un tribunal federal de los EEUU por
la representación fiscal.
En ese
documento ellos dicen que tan importante como la
sentencia, como la pena de prisión que se les
imponga, tan importante como eso es asegurarse de
que “más allá del tiempo que tengan que servir en
prisión, que más allá del tiempo que dure la pena,
la sanción penal, estas personas no puedan volver a
hacer lo que hicieron, que sean incapacitadas para
toda la vida, para que no puedan volver a intentar
hacer aquello por lo cual los trajimos aquí”.
Voy a leer
textualmente lo que dice en la página 45 del acta
del tribunal correspondiente al 14 de diciembre del
año 2001, día en que René González es condenado a
quince años de prisión: “Como una condición
especial adicional de la libertad supervisada, se le
prohíbe al acusado asociarse con o visitar lugares
específicos donde se sabe que están o frecuentan
individuos o grupos tales como terroristas, miembros
de agrupaciones que propugnan la violencia o figuras
del crimen organizado”.
Alguien
hubiera podido pensar que incluir semejante cláusula
en la sanción de Rene, era una exageración o un
momento de desatino del Gobierno norteamericano.
Pero dos semanas después, cuando se dictó la
sentencia contra Antonio Guerrero, repitieron lo
mismo. Y esta demanda de incapacitación es tan
importante, que la señora Fiscal se tomó el trabajo,
por escrito y verbalmente, de insistir con el
tribunal para que después que Antonio cumpliera toda
su sanción –una cadena perpetua más diez años-, se
estableciese esta condición: "se le prohíbe al
acusado asociarse con o visitar lugares específicos
donde se sabe que están o frecuentan individuos o
grupos tales como terroristas".
Esto tuvo
lugar en Diciembre de 2001. Ustedes recuerdan
aquellos días, lo que había ocurrido tres meses
antes en New York y en la vida norteamericana.
¿Cuántas veces el señor Bush dijo que el que acoge o
alberga a un terrorista es tan culpable como el
terrorista mismo? ¿No es tan culpable esta
administración como esos asesinos y terroristas que
acoge y defiende?
Ningún
medio de comunicación masiva de EEUU convirtió eso
en noticia, ninguno se dio por enterado. Hoy siguen
ignorándolo, pero esto debería haber aparecido en
grandes titulares de la prensa norteamericana,
porque esta sanción adicional es el reconocimiento
por parte del gobierno de EEUU de que hay grupos
terroristas en ese país, que ellos saben quiénes
son, saben donde viven, donde se reúnen, qué lugares
frecuentan, pero nunca han ido a buscarlos para
detenerlos, para someterlos a la justicia y peor
aún, sancionan a ciudadanos o residentes en los EEUU
a esa insólita prohibición.
¿Desde el
punto de vista legal cuáles han sido los más
recientes fallos sobre el caso?
En el mes
de mayo del 2005 cinco expertos independientes del
Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de la
Comisión de Derechos Humanos de la ONU, ninguno de
ellos cubano, ninguno de ellos persona de
pensamiento radical, revolucionario, cinco juristas
de cinco países distintos, después de estudiar el
caso durante dos años, finalmente dijeron que la
privación de libertad de los cinco era arbitraria,
era contraria a las leyes, contraria a las
convenciones de derechos humanos de Naciones Unidas.
Unos meses
después, el 9 de agosto, 3 jueces norteamericanos -
no uno, tres - jueces de larga trayectoria, personas
que gozan de prestigio, de credibilidad por su
experiencia, por su labor en el sistema judicial
norteamericano; también después de dos años de
analizar el asunto, llegaron a la misma conclusión:
que la farsa judicial que se había practicado contra
ellos en Miami unos años antes carecía de valor y
decidieron revocar aquel proceso judicial, anularlo.
Pero el
Gobierno norteamericano empeñado en castigar a estos
compatriotas, ha estado maniobrando, se ha estado
valiendo de todas las argucias legales o semi
legales que ese sistema le facilita, y ese fallo de
los tres jueces fue sometido a la reconsideración
por todo el conjunto de la Corte de Apelaciones de
Atlanta, algo insólito, algo que la propia Ley
norteamericana califica como de una rareza que sólo
puede darse en casos muy excepcionales.
El 9 de agosto de 2006, exactamente un año después
de la decisión del panel de tres jueces de revocar
las condenas, el pleno de esa misma Corte por
mayoría rechazó esa decisión ratificando las
condenas, negó la realización de un nuevo juicio y
ordenó enviar nuevamente el caso al panel para la
consideración de los restantes aspectos.
Los dos miembros del panel de tres, con derecho a
participar en la votación, Byrch y Kravitch, se
opusieron a dicha decisión y reiteraron, y cito, que
“este es un caso excepcional en el que se impone un
cambio de sede debido al prejuicio latente en la
comunidad que hace imposible conformar un jurado
imparcial”.
Con este fallo el Onceno Circuito ratifica la
decisión de la Corte de Miami de negar las mociones
presentadas por la defensa para cambiar la sede y
realizar un nuevo juicio.
La decisión adoptada por la Corte de Atlanta no toma
en consideración el ambiente de violencia e
intimidación imperante en Miami ni los hechos más
recientes ocurridos en esa ciudad y publicados por
su propia prensa local que incluyen la ocupación de
arsenales de armas destinados a acciones terroristas
contra la isla, declaraciones públicas de
terroristas que con total impunidad reconocen sus
fechorías y prohibiciones contra libros infantiles
sobre Cuba. Todo ello ratifica a la ciudad de Miami
como la única donde no se podía realizar un juicio
justo e imparcial a los 5.
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